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Se aprobó Ley que favorece a la Agricultura Familiar Campesina

El Gobierno paraguayo ha dado un paso importante en el proceso de fortalecimiento del sector de la agricultura familiar con la promulgación de la Ley “De Defensa, Restauración y Promoción de la Agricultura Familiar Campesina”.

La Ley Nº 6286 fue promulgada el día 17 de mayo del 2019 donde reconoce a las actividades productivas realizadas por la agricultura familiar campesina a los efectos de lograr la recuperación y consolidación de este sector productivo.

Se espera que con esta nueva legislación las y los productores de la agricultura familiar puedan tener una mayor participación y oportunidades en programas que faciliten el acceso a la tierra, vivienda, servicios públicos, a mercados y tecnología, así como a asistencia técnica y financiera para toda la cadena productiva vinculada a este sector.

De acuerdo a lo establecido en la Ley, es responsabilidad del Estado la reparación, preservación y dinamización de la economía; la protección social y el mejoramiento de la calidad de vida del campesinado y de los pueblos indígenas.

A los efectos de la ley, se define como Agricultura Familiar Campesina «a la actividad productiva rural que se ejecuta utilizando principalmente la fuerza de trabajo familiar para la producción, siendo ésta básicamente de autoconsumo y de renta de una finca, que, además no contrata en el año un número mayor de 20 (veinte) jornaleros asalariados de manera temporal en épocas específicas del proceso productivo, que residen en la finca o en comunidades cercanas y que no utiliza, bajo condición alguna sea en propiedad, arrendamiento, u otra relación, más de 50ha (cincuenta hectáreas) en la Región Oriental y 500ha (quinientas hectáreas) en la Región Occidental de tierras independientemente del rubro productivo».

En su artículo 7 señala que «Los/as agricultores/as familiares y los pueblos indígenas tienen derecho a registrarse en forma individual, asociativa y familiar en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF) a los efectos de ser beneficiarios de la presente Ley. El Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF) emitirá a los beneficiarios un certificado en el que conste que se halla registrado en el mismo, y su expedición se realizará con la colaboración de los gobiernos departamentales y municipales de acuerdo a lo que establecen sus Leyes orgánicas»

AFC: Un actor clave para la preservación del medio ambiente

La nueva legislación contempla a la agricultura familiar campesina como un actor clave para la preservación de la seguridad y soberanía alimentaria de la población.

La Ley 6286 busca contribuir a la práctica y promoción de sistemas de vida y producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de diversificación de la producción y transformación de los sistemas productivos, de modo a hacerlos sustentables y pertinentes, para la eficaz contribución a la economía nacional, preservando los valores culturales, ecosistémicos e históricos de las comunidades rurales.

Se establece en la presente Ley, que el Ministerio de Agricultura y Ganadería deberá crear el Viceministerio de Agricultura Familiar Campesina, que tendrá a su cargo velar por el cumplimiento de las instrucciones previstas en la normativa.

Además, plantea la creación del Consejo Interinstitucional de la Agricultura Familiar Campesina con la finalidad de representar a las organizaciones campesinas e indígenas, asociaciones y cooperativas de este sector, en la toma de decisiones para la definición, implementación y evaluación de las políticas sectoriales en forma centralizada y descentralizada con los gobiernos locales y departamentales.

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