Todo ser humano tiene derecho a una alimentación adecuada y tiene el derecho fundamental a no padecer hambre, según las normas internacionales de derechos humanos. El derecho a una alimentación adecuada comprende los aspectos cuantitativos, cualitativos y de aceptabilidad cultural.
Los Estados tienen la obligación de respetar, proteger, promover, facilitar y materializar el derecho a la alimentación. Algunas obligaciones son de carácter inmediato y otras deberán cumplirse gradualmente destinando la mayor parte posible de los recursos disponibles. El derecho a la alimentación no es el derecho a ser alimentado sino, primordialmente, el derecho a alimentarse en condiciones de dignidad.
¿Por qué hay qué llevar a la práctica el derecho a la alimentación?
Es una obligación legal: los Estados que han ratificado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen la obligación de hacer realidad progresivamente el derecho a la alimentación (artículo 11 del Pacto).
Es políticamente popular: la gente quiere poder alimentarse en condiciones de dignidad. La gente quiere derechos que se puedan hacer valer ante los tribunales y quiere previsibilidad. Nadie quiere que otros mueran de hambre.
Es económicamente racional: al reducir el hambre se promueve el crecimiento económico. Quien tiene seguridad alimentaria es más productivo, se enferma con menos frecuencia y tiende a invertir más en el futuro. Los niños malnutridos pierden en promedio de 15 a un 10% de ingresos en el curso de su vida.
Es una cuestión de ética: la malnutrición puede superarse y el derecho a la alimentación puede hacerse realidad en cualquier país. La inacción es un atentado contra la ética.
Existe seguridad alimentaria cuando todas las personas tienen en todo momento acceso físico y económico a una alimentación suficiente, inocua y nutritiva para poder atender a sus necesidades de nutrición y satisfacer sus preferencias alimenticias para una vida activa y sana.
¿Qué aporta el derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria?
- Los Estados tienen obligaciones y deben rendir cuentas de sus actos;
- El ser humano es titular de derechos;
- El derecho a la alimentación está ligado a todos los demás derechos humanos;
- Los principios de no discriminación, participación y Estado de derecho forman parte integrante del derecho a la alimentación.
Fuente: extracto de la cartilla «El derecho a la Alimentación», FAO (2007)